Via Digizen me entero de la intención del Departamento de Educación de remover uno de los libros censurados de las bibliotecas escolares y a continuación cito el texto del Dr. Mario Núñez, ".... el que señalan que no se salvará y será removido hasta de las bibliotecas escolares es la colección de cuentos de Juan Antonio Ramos, Mejor te lo cuento."
Parece que el DE no conoce la historia y dicen que el que no conoce la historia está condenado a repetirla. El 25 de junio de 1982 la Corte Suprema de los Estados Unidos en el caso Board of Education, Island Trees Union Free School District No. 26 v. Pico, la decisión judicial más importante relacionada a las bibliotecas escolares y el derecho a la libre expresión, determinó que las juntas escolares no pueden remover libros de los anaqueles de la biblioteca simplemente porque no están de acuerdo con las ideas contenidas en éstos ( “Local school boards may not remove books from school library shelves simply because they dislike the ideas contained in those books …”). Este caso sentó las bases bajo las cuáles se evalúan los casos relacionados a la censura intelectual en las bibliotecas escolares. En su revisión del caso, los jueces Brennan, Marshall y Stevens concluyeron que "los estudiantes no se despojan de su derecho a la libertad de expresión cuando cruzan el portón escolar." El Juez Brennan señaló que "el uso de la biblioteca escolar es completamente voluntario de parte de los estudiantes; la selección de los libros en las bibliotecas es un asunto de libre elección ya que las bibliotecas garantizan la oportunidad de auto-educarse y auto-enriquecerse, una actividad que es enteramente opcional " ("Their selection of books from these libraries is entirely a matter of free choice; the libraries afford them an opportunity at self-education and individual enrichment that is wholly optional.").
Para acceder a la decisión BOARD OF EDUCATION v. PICO, 457 U.S. 853 (1982) 457 U.S. 853 pulse aquí.
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